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Potenciar el alquiler con ayudas al alquiler

ayudas al alquiler  Las ayudas al alquiler, debido al tener que ponerse de acuerdo las diferentes Comunidades Autónomas en cuanto a la forma de materializar las ayudas, se han hecho esperar, pero ya están aqui. Desde este 4 de diciembre de 2014 entró en vigor la Orden del Ministerio de Fomento que busca potenciar  el alquiler de viviendas, su regeneración y rehabilitación. Por fin el día 3 de diciembre de 2014 se publicó en el Boletín Oficial del Estado esta nueva orden que tiene, como uno de sus principales acometidos, generar ayudas al alquiler .

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Pero no está fácil la cosa no. Se plantean diferentes requisitos:

Uno de los requisito para poder ser beneficiario de estas ayudas al alquiler son,  “disponer de una renta básica inferior a tres veces el importe del IPREM (en 2014 el IPREM se sitúa en los 6.390,13 € anuales en 12 pagas o 7.455,14 € en 14 pagas) que se regulará en función del número de miembros de la familia”.

Otro de los requisitos para acceder a estas ayudas al alquiler, y unos de los más restrictivos y notorio, es que el importe de la renta de alquiler no sobrepase los 600€ mensuales. Siendo además necesario para poder acceder a esta ayuda disponer de un contrato de alquiler o la intención de alquiler una vivienda. Esta segunda condición dispondrá de 30 días desde que les sea concedida la ayuda para presentar el contrato de alquiler de la vivienda y para poder ser uno de los beneficiarios.

[bctt tweet=”El importe de esta ayuda al alquiler será del 40% del total de la renta, con el límite de 2400€ anuales #marketing”]

El importe de esta ayuda al alquiler será del 40% del total de la renta, con el límite de 2400€ anuales, que se abonarán mes a mes proporcionalmente. La duración total de esta ayuda es de 12 meses prorrogable otros 12, hasta la finalización del plan de ayudas, lo que quiere decir, hasta finales de 2016.

Pero no acaba aquí la cosa, porque pese a que ha entrado en vigor este 4 de diciembre de 2014, es competencia de las Comunidades Autónomas el establecimiento de los plazos, formas, vías y gestión de solicitud de esta ayuda al alquiler. Por lo que ahora deberemos esperar a que cada Comunidad publique su convocatoria de ayudas al alquiler. Y ya veremos si respetan el carecter retroactivo para cuando estén disponibles

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